miércoles, 31 de julio de 2013

La propiedad de la tierra, ahora sabemos ...


El Registro Nacional de Tierras Rurales constituye un punto de partida para analizar el régimen de propiedad rural en la Argentina. "Por primera vez existe un Registro Nacional de Tierras Rurales"

Hace pocos días, se presentó el Informe del Registro Nacional de Tierras Rurales, creado por la Ley de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales promulgada en febrero de 2012. En 2011, cuando la Presidenta presentó el proyecto en la apertura de las sesiones legislativas, destacó entre sus objetivos la defensa de la soberanía nacional y la limitación a la concentración de campos.



Entre sus aportes más significativos, la ley introduce la problemática de la extranjerización de la tierra en el ámbito público, razón por la cual determina la prioridad de la función social de la tierra por sobre los intereses privados al tiempo que define la tierra como un recurso natural estratégico no renovable y establece la creación de dos organismos claves: el Registro Nacional de Tierras Rurales, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Consejo Interministerial de Tierras Rurales, conformado por los Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior y las provincias. Por su inscripción institucional, la conformación del Registro y la Comisión Interministerial sugiere que la temática se inscribe en el ámbito de las relaciones con las provincias, la seguridad nacional, la soberanía económica y el cuidado del medio ambiente.

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